Lo pueden solicitar las personas extranjeras mayores de edad que se encuentran en el territorio nacional y que sea integrante de la unidad migrante familiar de un peruano o extranjero residente Se debe solicitar a fin de obtener la residencia con calidad migratoria familiar. En el caso de persona extranjera con vínculo familiar con peruano de le corresponde una permanencia de dos (2) años y al familiar de extranjero le corresponde una permanencia de un (01) año, asimismo, permite realizar actividades lucrativas de forma subordinada o independiente. Se entrega el carnet de extranjería. Es renovable
Condiciones:
- Estar en territorio peruano, con entrada legal y estadía vigente Que sea integrante de la unidad familiar de un peruano o extranjero residente (con CE)
- El trámite es personal, no admite intervención de apoderado.
- Mantener un vínculo familiar comprobado con nacionales o con Personas extranjeras residentes en el territorio peruano
En caso el familiar residente sea peruano, debe contar con DNI vigente. Si es extranjero, debe contar carnet de extranjería, con residencia vigente y datos actualizados.
Requisitos para el cambio de calidad migratoria familiar de residente padres de peruano o extranjero residente:
- Copia simple del pasaporte o documento de viaje análogo vigente reconocido en el país.
- Ficha de canje internacional – INTERPOL.
- Documento que acredite carecer de antecedentes en el país de origen o en los que hubiera residido en el periodo de 5 años anteriores.
- Partida de nacimiento del familiar residente, en caso de que sea extranjero debe estar apostillada.
- Pago en el banco de la nación por derecho a trámite de S/162.50 con el código 07568.
- Documento de identificación del familiar residente.
Requisitos para cambio de calidad migratoria familiar de residente casado (a) con peruano o extranjero (a) residente.
- Copia simple del pasaporte o documento de viaje análogo vigente reconocido en el país.
- Ficha de canje internacional – INTERPOL.
- Documento que acredite carecer de antecedentes en el país de origen o en los que hubiera residido en el periodo de 5 años anteriores.
- Documento de vinculo: acta o partida de matrimonio, en caso de que el matrimonio se contrajo en el extranjero, debe estar apostillada
- Documento de identificación del familiar residente.
- Pago en el banco de la nación por derecho a trámite de S/162.50 con el código 07568.
Requisitos para cambio de calidad migratoria familiar de residente hijo/a mayor de edad y hasta 28 años:
Requisitos:
- Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite S/ 162.50 soles código 07568. El pago puede efectuarse en cualquier Agencia del Banco de la Nación.
- Copia simple del pasaporte vigente o documento de viaje análogo, VIGENTE, cuando este último se encuentre reconocido en el Perú., como documento de viaje.
- Ficha de Canje Internacional – INTERPOL, con fecha no mayor de seis (6) meses. Se encuentran exceptuados los menores edad y personas con incapacidad absoluta que le impida manifestar su voluntad de manera indubitable. Tributo S/ 80,50, código 08141 mediante cita en la página de polica interpol en el siguiente link http://interpolperu1.policia.gob.pe:7004/citas/
- Presentar documento emitido por autoridad competente que acredite carecer de antecedentes judiciales penales y policiales en el país de origen o donde haya residido el solicitante en un periodo de cinco años anteriores a su llegada a Perú, se encuentran exceptuadas personas con incapacidad absoluta que le impida manifestar su voluntad de manera indubitable.
- Partida o Acta de Nacimiento legalizada por Consulado Peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada.
- Presentar Declaración Jurada de soltería.
- Presentar la copia simple de la constancia de matrícula expedida por el centro de estudios técnicos o superiores que cuenta con reconocimiento oficial del estado peruano, indicando los nombres y apellidos, así como el tiempo de duración.
Para cambio de calidad migratoria hijo/a mayor de edad y soltero de peruano o extranjero residente que no se encuentre en aptitud de atender su subsistencia por causas de discapacidad física o mental debidamente comprobadas debe:
- Presentar partida o acta de nacimiento legalizada por el consulado peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada.
- Presentar la declaración jurada de soltería suscrita por el representante legal (salvaguarda o apoyo o figura legal afín o figura legal afín) en el caso que la discapacidad le impida expresar su voluntad de manera indubitable; caso contrario la declaración debe ser suscrita por el solicitante.
- Presentar la copia simple del documento oficial emitido por la autoridad competente que acredita la condición de discapacidad permanente que le imposibilite valerse por sí mismo.
Para cambio de calidad migratoria hijo/a mayor de edad y soltero del conyugue o del integrante de la unión de hecho de nacionalidad extranjería, que no se encuentre en aptitud de atender su subsistencia por causas de discapacidad física o mental debidamente comprobadas debe:
- Presentar partida o acta de nacimiento legalizada por el consulado peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada.
- Presentar la declaración jurada de soltería suscrita por el representante legal (salvaguarda o apoyo o figura legal afín o figura legal afín) en el caso que la discapacidad le impida expresar su voluntad de manera indubitable; caso contrario la declaración debe ser suscrita por el solicitante.
- Presentar la copia simple del documento oficial emitido por la autoridad competente que acredita la condición de discapacidad permanente que le imposibilite valerse por sí mismo.
- Acta de matrimonio o unión de hecho.
Para cambio de calidad migratoria para ascendiente en primero grado (Padres o suegros)
Para padres del peruano o extranjero residente debe:
- Presentar la partida o acta de nacimiento legalizada por el consulado peruano y por el Ministerio Relaciones Exteriores o apostillada del hijo/a peruano/a o extranjero/a residente, que demuestre el vínculo paterno o materno filial con el solicitante.
- Copia simple del pasaporte vigente o documento de viaje análogo vigente. ∙ Ficha de Canje Interpol
- Antecedentes en el País de Origen.
Para suegro o del integrante de la unión de hecho de nacionalidad extranjera debe:
- Presentar la partida o acta de nacimiento legalizada por el consulado peruano y por el ministerio relaciones exteriores o apostillada, que demuestre el vínculo paterno o materno filial con uno de los integrantes de la Unión de Hecho o del matrimonio
- Copia simple del pasaporte vigente o documento de viaje análogo vigente.
- Ficha de Canje Interpol
- Antecedentes en el País de Origen